¿Una ley de exhibición?
Discutíamos sobre la posibilidad y la obligación del gobierno de promover el cine local. ¿Y si una ley obligase a las salas de cine a exhibir un corto hecho en Guatemala o documental antes de la película importada?
Es una medida que ha funcionado con la música. Cada vez que se presenta un músico internacional, obligadamente tiene que llevar como telonero a un guatemalteco; las radios guatemaltecas, según entiendo, deben a su vez incluir una cuota de música hecha en el país.
Esta cuestión puede abordarse desde distintos puntos de vista. No faltará aquel que celebre esta manera de lisonjear al artista nacional. Tampoco faltará otro más indignado: el artista nacional no es un minusválido –así dice– y no necesita estos tolerantes beneficios. El más escéptico de todos a lo sumo considera que la ley es una formalidad impersonal.
En lo que respecta al cine, y a mi modo de ver las cosas, nuestra primera preocupación nos debe hacer aterrizar: ¿realmente contamos con el material audiovisual suficiente como para poner en marcha una ley semejante? Dudosamente. En un primer momento, es una ley que nos resulta bonita y a colores, pero los cineastas y productores audiovisuales deberán actuar ordenadamente, si quieren hacer bien las cosas. ¿No es preferible exigir antes una ley que facilite la manufactura de filmes, antes que su exhibición? Son preguntas que conviene formular con prontitud.
Es preciso contar con una producción que se encuentre a la altura de una ley semejante. Si las salas de cine están colocando todo el tiempo el mismo material, repitiendo los mismos seis o siete cortos o documentales, será el público mismo el que rechace la ordenanza. Y entonces todo estará echado a perder. Más vale en todo caso tener paciencia, y esperar a que estemos maduros. “Las cosas perfectas nos enseñan a esperar”, dijo Nietzsche. Algunos creen que una ley de exhibición estimularía automáticamente la producción. Eso no es cierto; es vano y seráfico. Lo único que puede estimular una producción local es dinero, y condiciones de libertad.
(Columna publicada el 1 de noviembre de 2003.)
Es una medida que ha funcionado con la música. Cada vez que se presenta un músico internacional, obligadamente tiene que llevar como telonero a un guatemalteco; las radios guatemaltecas, según entiendo, deben a su vez incluir una cuota de música hecha en el país.
Esta cuestión puede abordarse desde distintos puntos de vista. No faltará aquel que celebre esta manera de lisonjear al artista nacional. Tampoco faltará otro más indignado: el artista nacional no es un minusválido –así dice– y no necesita estos tolerantes beneficios. El más escéptico de todos a lo sumo considera que la ley es una formalidad impersonal.
En lo que respecta al cine, y a mi modo de ver las cosas, nuestra primera preocupación nos debe hacer aterrizar: ¿realmente contamos con el material audiovisual suficiente como para poner en marcha una ley semejante? Dudosamente. En un primer momento, es una ley que nos resulta bonita y a colores, pero los cineastas y productores audiovisuales deberán actuar ordenadamente, si quieren hacer bien las cosas. ¿No es preferible exigir antes una ley que facilite la manufactura de filmes, antes que su exhibición? Son preguntas que conviene formular con prontitud.
Es preciso contar con una producción que se encuentre a la altura de una ley semejante. Si las salas de cine están colocando todo el tiempo el mismo material, repitiendo los mismos seis o siete cortos o documentales, será el público mismo el que rechace la ordenanza. Y entonces todo estará echado a perder. Más vale en todo caso tener paciencia, y esperar a que estemos maduros. “Las cosas perfectas nos enseñan a esperar”, dijo Nietzsche. Algunos creen que una ley de exhibición estimularía automáticamente la producción. Eso no es cierto; es vano y seráfico. Lo único que puede estimular una producción local es dinero, y condiciones de libertad.
(Columna publicada el 1 de noviembre de 2003.)
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